¡Síguenos!Una de las que más críticas ha generado es el derecho que la Cámara de Diputados ha dado a los patrones para indicar cuáles de las enfermedades del trabajador son laborales y cuáles no, lo que implica decisión sobre el sueldo que el empleado debe recibir durante el tiempo que dure la baja generada por enfermedad.
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Esto quiere decir que ya no tendrán el beneficio de su pago al 100% sino que puede ser reducido hasta el 60%.
Esto quedó asentado en una nueva tabla de enfermedades provocadas por el trabajo. En caso de que alguna enfermedad no aparezca en la tabla deberá ser indicada como enfermedad general, por lo tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sólo pagará al empleado un 60% de su sueldo normal, durante el tiempo que dure la incapacidad generada.
Por si fuera poco también han actualizado el valor de los órganos, esto quiere decir que si alguno de ellos llegara a dañarse durante la jornada laboral, su deterioro deberá ser valorado para aplicar una indemnización que sólo procederá en caso de daño permanente.
Posteriormente la actualización de la tabla de enfermedades y valuación de órganos pasará a manos de sindicatos y empresas en conjunto con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), con previa aprobación de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (COCONASST).
Esto ha quedado señalado también en la reforma con la decisión del Poder Legislativo de transferir dicho poder.
Históricamente la COCONASST ha sido señalada por diversas organizaciones por sus malos manejos en cuanto a los derechos en materia de seguridad e higiene de los trabajadores.