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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la votación y designación del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Roxana Luna como candidata a la gubernatura de Puebla por el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
Asimismo, la Sala Superior del TEPJF calificó como infundados los agravios promovidos por Julián Rendón Tapia, Miguel Ángel de la Rosa Esparza y Arturo Loyola González, al tiempo de desestimar los argumentos que referían que el CEN del PRD sólo podía designar a uno de ellos como candidato.
Aunado a lo anterior, se consideró infundado el planteamiento sobre la inelegibilidad de la ahora candidata Roxana Luna, pues se separó del Comité Ejecutivo Nacional del PRD como secretaria de Movimientos Sociales, Sindicales y Campesinos antes del 11 de marzo del presente año.
“Se estima infundado el planteamiento sobre la inelegibilidad sobre la ciudadana designada, pues su auto advierte que sí presentó su licencia para separarse como integrante del Comité Ejecutivo Nacional el 11 de marzo, es decir antes de la celebración de la sesión donde resultó designada, en consecuencia se propone confirmar el acuerdo impugnado”.
Los juicios que se llevaron a cabo fueron los siguientes :
SUP-JDC-1004/2016 José Gerardo Rodolfo Fernández y Noroña y Balfre Vargas Cortéz, Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral y SUP-JDC-1009/2016, Director Ejecutivo de Perrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral.
SUP-JDC-1012/2016 Julián Rendón Tapia, Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática.
SUP-JDC-1013/2016, Arturo Loyola González, Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática.
SUP-JDC-1014/2016, Miguel Ángel de la Rosa Esparza Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática.
SUP-JDC-1017/2016 Francisco Cuauhtémoc Frías, Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa.