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INE otorga medidas cautelares por presunta vulneración al interés superior de la niñez Especial

INE otorga medidas cautelares por presunta vulneración al interés superior de la niñez

Publicación de un diputado podría vulnerar el interés superior de la niñez

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, cuatro medidas cautelares solicitadas por uso indebido de recursos, transgresión al principio de neutralidad e imparcialidad, promoción personalizada, actos anticipados de precampaña y campaña, y vulneración al interés superior de la niñez.

Publicación de un diputado podría vulnerar el interés superior de la niñez

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció a Jorge Álvarez Máynez y al partido Movimiento Ciudadano (MC), por la aparente vulneración al interés superior del menor de edad, calumnia y falta en el deber de cuidado, derivado de la publicación en la plataforma YouTube del denunciado, la cual contiene imágenes de personas menores de edad.

Dado que el denunciado no aportó las pruebas necesarias para acreditar el consentimiento y la autorización o permiso de los padres para participar en la propaganda, se ordenó eliminar la publicación o, en su caso, difuminar del rostro de las personas menores de edad, en un plazo que no podrá exceder de tres horas.

Respecto al tema de calumnia, se consideró no otorgar las medidas cautelares, pues bajo la apariencia del buen derecho, no se advierte la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en algún proceso electoral ya que, en principio, se tratan del posicionamiento, punto de vista, crítica y señalamientos del emisor del mensaje, en torno a temáticas de interés general.

En cuanto a la tutela preventiva se negó la solicitud, pues se trata de hechos futuros de realización incierta, al no advertirse que Jorge Álvarez Máynez publicará un nuevo material con características similares.

Conferencia del gobernador de Oaxaca ya fue eliminada

El Partido Acción Nacional (PAN) denunció al gobernador de Oaxaca, por las manifestaciones hechas en contra del Frente Amplio por México y de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz durante la conferencia de prensa matutina del 21 de agosto de 2023, difundida en YouTube de la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión (CORTV) y la página de Facebook del gobierno estatal.

Al respecto, la Comisión determinó que, dado que el material denunciado ya no está disponible, se considera que se trata de hechos consumados y, por lo tanto, no es necesario ordenar su retiro. Respecto de la solicitud de tutela preventiva, se concluyó que involucra hechos futuros de realización incierta de ahí que no se concedió.

No obstante, se hizo un llamado al gobernador de Oaxaca a que, en todo tiempo, ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales, a fin de no afectar la equidad en la contienda. 

Claudia Fest Jalisco del 24 de agosto se trata de hecho consumado

Una ciudadana y el PAN presentaron queja en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, el partido Morena y María Geraldine Ponce Méndez, Presidenta Municipal del Ayuntamiento de Tepic, Nayarit, por el presunto acarreo de diversas personas de ese Ayuntamiento y la brigada Sonríe, al evento denominado “Claudia Fest Jalisco”, celebrado el 24 de agosto de 2023.

Se determinó la improcedencia de la medida, ya que se trata de hechos consumados. 

La Comisión de Quejas y Denuncias hizo un recordatorio a las personas servidoras públicas denunciadas, para observar un especial deber de cuidando con motivo de sus funciones, apegando su actuar a los principios de imparcialidad y neutralidad.

En cuanto al uso indebido de recursos, la posible vulneración al principio de neutralidad e imparcialidad y la falta del deber de cuidado del partido Morena son temas que analizará de fondo la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Hashtag #XochitlVa no se trata de estrategia de posicionamiento de cara al proceso electoral 2024

En el último asunto, se conoció la denuncia de un ciudadano contra la Senadora de la República, Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, por la contratación, pinta, difusión y/o tolerancia de la pinta de bardas con la expresión «#XóchitlVa» seguido de un corazón con una «X», así como por la difusión en redes sociales de las frases “«#XóchitlVa” y “#MéxicoMereceMás”.

El colegiado concluyó que, respecto de las bardas los hechos denunciados ya fueron objeto de análisis mediante acuerdo ACQyD-INE-170/2023.

Por cuanto hace a las frases denunciadas se estimó que las mismas tienen una relación directa con la participación de la Senadora panista en el proceso interno del Frente Amplio por México y no tienen referencias que puedan considerarse un posicionamiento vinculado al Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024, de ahí que su difusión en redes sociales no se estime ilícita. Aunado a que para su consulta se requiere de un acto de voluntad por parte de la ciudadanía para acceder el contenido específico.

Finalmente, las medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva fueron negadas, pues se trata de hechos futuros de realización incierta.

En cuanto al uso indebido de recursos y la posible promoción personalizada son temas que analizará de fondo la Sala Especializada del TEPJF.

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