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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, seis medidas cautelares solicitadas por diversos partidos, por la aparente comisión de actos anticipados de campaña, vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, posible uso indebido de la pauta, y aparente violación al interés superior de la niñez en el marco del Proceso Electoral Federal 2024.
Expresiones en conferencia de Puebla, preliminarmente, podrían vulnerar la equidad en la contienda 2024
El Partido Acción Nacional (PAN), denunció al Titular del Ejecutivo Federal por el presunto uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral, derivado de los pronunciamientos emitidos por el funcionario durante dos eventos celebrados en las entidades de Guerrero y Puebla, los días 17 y 19 de febrero, respectivamente, pues en éstos se realizan expresiones que, a decir del quejoso, pudieran afectar la equidad en la contienda electoral que actualmente se desarrolla.
La Comisión de Quejas y Denuncias determinó que la conferencia matutina de fecha 19 de febrero, celebrada en Puebla, contiene manifestaciones que podrían vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del Proceso Electoral Federal 2023-2024 al ser, preliminarmente, de índole electoral, por lo tanto, se ordenó al Presidente de la República eliminar o modificar las publicaciones de la conferencia matutina en un plazo máximo de 6 horas.
En vertiente de tutela preventiva, se le ordenó que se abstenga bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.
Respecto de la tutela preventiva solicitada por la participación del Gobernador Constitucional de Puebla, se resolvió improcedente al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Finalmente, sobre las referencias hechas en el evento “Programas para el Bienestar”, del 17 de febrero celebrado en Guerrero, se consideró improcedente la tutela preventiva y ordenar su eliminación, toda vez que no se advirtió de forma clara una referencia al Proceso Electoral Federal en curso, es decir, su contenido es de carácter genérico.
Publicaciones en redes de MORENA y su Presidente Nacional, ya no se encuentran disponibles
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció a MORENA y a su Presidente Nacional por la difusión en sus redes sociales de Facebook e Instagram, de contenido audiovisual en el cual aparece una persona menor de edad. Se determinó la improcedencia de la medida cautelar al tratarse de actos consumados, pues el material denunciado ya no se encuentra visible.
No obstante, se dictó la procedencia de la tutela preventiva, a efecto de que los denunciados den cabal cumplimiento a los Lineamientos Generales para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Propaganda y Mensajes Electorales, particularmente en esta etapa de campaña del Proceso Electoral Federal actualmente en curso.
Publicaciones en redes sociales de MORENA no configuran calumnia
El PRD también denunció a MORENA por la difusión de propaganda calumniosa en Facebook e Instagram, pues considera que con las frases “El PRIAN es fraude electoral, saqueo y corrupción” y “El prianismo solo representa saqueo, corrupción y lucro”se le imputan los delitos de saqueo y corrupción.
Del análisis a las frases denunciadas, la Comisión determinó que no advierte de manera evidente o explícita la imputación de hechos o delitos falsos, de ahí la improcedencia para ordenar su retiro.
Publicación de candidata presidencial por MORENA y página claudiapresidenta.com, preliminarmente, no actualiza peligro en la demora
El PRD presentó escrito de queja en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, por la publicación en la red social X, en la cual difunde el contenido denominado “Los 15 puntos fundamentales de mi discurso en mi registro ante el INE” pues, desde su perspectiva, expresa propuestas de una plataforma electoral que se expone dentro del periodo de intercampaña.
Por otro lado, el PAN también denunció a la candidata a la Presidencia de la República del partido MORENA, por la creación y difusión de la página de internet identificado como https://claudiapresidenta.com/, en donde, a decir del denunciante, se advierten las frases que tienen como finalidad realizar propaganda electoral de manera previa al inicio de las campañas.
Al respecto el colegiado concluyó, en ambos procedimientos, improcedente ordenar el retiro de los materiales denunciados, pues no se actualiza el peligro en la demora que ponga en riesgo inminente a los principios rectores de la materia electoral, debido a que actualmente se está en la etapa de campaña, misma que inició el 1 de marzo de 2024.
Promocionales del PAN, preliminarmente, no configuran uso indebido de la pauta
MORENA denunció al PAN por uso indebido de la pauta derivado de la difusión de 17 promocionales para televisión en los que, a decir del quejoso, se omite mencionar que las personas que aparecen son postuladas como candidatos y/o candidatas al Senado de la República por la coalición “Fuerza y Corazón por México”, así como tampoco se identifica a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, como candidata a la Presidencia de la República postulada por la citada coalición.
En este sentido, previo a un análisis a cada uno de los promocionales, el colegiado determinó improcedenteordenar la suspensiónporque, bajo la apariencia del buen derecho, los promocionales sí identifican a cada una de las personas como candidatos y/o candidatas a senadores/as postulados por el PAN,y al final de los promocionales denunciados se lee el nombre dela coalición “Fuerza y Corazón por México”.
Respecto de la tutela preventiva se declaró improcedente, pues los hechos denunciados no actualizan una evidente ilegalidad, aunado a que se trata de actos futuros de realización incierta.
En los asuntos en los que se denunció el probable uso indebido de recursos públicos, culpa in vigilando atribuible a los actores y partidos involucrados, se determinó que son temas que analizará de fondo la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).