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La Comisión de Quejas y Denuncias resolvió, por unanimidad de votos, cuatro solicitudes de medidas cautelares por posible Violencia Política en contra de las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), transgresión a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, vulneración al interés superior de la persona menor de edad, así como por la presunta vulneración a las normas de propaganda electoral por el uso indebido del logotipo del Instituto Nacional Electoral (INE), respectivamente. También, aprobó 14 proyectos de resolución de Procedimientos Sancionadores Ordinarios (POS) para su presentación al Consejo General.
Comisión hace llamado al Presidente Nacional del PAN
MORENA denunció a la candidata a la Presidencia de la República por la coalición “Fuerza y Corazón por México” y a los partidos que la integran, así como al Presidente Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) y a quien o quienes resulten responsables, por la realización de publicaciones en la red social X, en donde utilizaban indebidamente el logotipo del INE y la incitación a la ciudadanía a reproducir propaganda ilegal, lo que a decir del quejoso, podría transgredir las normas de propaganda electoral en detrimento del Proceso Electoral Federal 2023-2024.
La Comisión determinó que no procede la medida cautelar solicitada, correspondiente a ordenar el retiro de la publicación realizada por el Presidente Nacional del PAN, toda vez que, ya no está disponible, por lo que se está ante hechos consumados de manera irreparable. En el mismo sentido se resolvió la tutela preventiva, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Sin embargo, en virtud de que la publicidad denunciada se vincula con la referida en el acuerdo ACQyD-INE-131/2024 en el cual se hizo un llamado a efecto de que no se utilice el logotipo del INE con fines distintos al institucional y sin autorización alguna, se consideró oportuno hacer un llamado al Presidente Nacional del PAN para que se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación, de hacer uso de la marca cuya propiedad le pertenece a la autoridad electoral, así como de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones y/o señalamientos relacionados con la misma.
Respecto a la incitación a la ciudadanía a reproducir propaganda ilegal atribuida a la candidata a la Presidencia, se determinó que es un tema que analizará la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el fondo, pues se trata de una conducta accesoria, que puede o no configurarse, a partir de que se acredite la conducta principal.
Improcedente el dictado de la medida cautelar respecto de publicaciones del Gobernador de Michoacán
El PAN denunció al Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, a la candidata a la Presidencia de la República y a los partidos integrantes de la coalición “Juntos Haremos Historia”, por la difusión en redes sociales en las que, a decir del quejoso, se hace propaganda en favor de la denunciada.
Al respecto, la Comisión resolvió que es improcedente el dictado de la medida cautelar en virtud de que se trata de actos consumados, dado que a la fecha ya no es visible, ni consultable el material denunciado. También se negó la tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de realización incierta, sin embargo, realizó un recordatorio al Gobernador respecto de los límites y las prohibiciones que las personas servidoras públicas deben observar a efecto de ajustarse a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral.
Espectaculares en Estado de México ya fueron retirados
Una persona que solicitó la confidencialidad de sus datos personales, denunció a quien resulte responsable por la colocación de tres espectaculares en las ciudades de Toluca y Metepec, Estado de México, por considerar que constituyen VPMRG.
El colegiado resolvió como improcedente el dictado de la medida cautelar solicitada, pues los espectaculares denunciados fueron retirados, por lo que se está ante actos consumados.
Video alojado en redes sociales del Presidente Nacional de MORENA ya no se encuentra disponible
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó queja en contra del Presidente Nacional de MORENA derivado de que, el pasado 27 de marzo de 2024, publicó en sus redes sociales de X, Facebook e Instagram un video en el que se observan personas menores de edad plenamente identificables.
La Comisión determinó que es improcedente ordenar la eliminación del material denunciado, pues el mismo ya no se encuentra disponible para su consulta.
Sin embargo, a partir del interés superior del menor y la certificación de la existencia previa de las publicaciones, emitió un exhorto al dirigente para atender las normas de protección a los menores en materia de propaganda política y electoral.
En los asuntos en los que se denunció culpa in vigilando y/o uso indebido de recursos públicos atribuibles a los partidos políticos involucrados, se determinó que son temas que también analizará la Sala Regional al resolver el fondo.
14 Procedimientos Sancionadores Ordinarios se presentarán ante Consejo General
Durante la misma sesión, la Comisión resolvió 14 POS relacionados con la supuesta existencia de diversas infracciones en materia electoral, entre las que se encuentran la posible vulneración al derecho de libertad de afiliación de diversas personas; omisión de proporcionar información a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto, así como la omisión de devolver y entregar de manera extemporánea la totalidad de los cuadernillos de las listas nominales de electores, mismos que se conocerán en la próxima sesión del Consejo General.